Por Ley N°1 del 2 de Junio de 1958 se dispuso el llamado para la creación del Escudo oficial de la Provincia de Formosa.
De 170 obras que se presentaron fue seleccionado, por un jurado el escudo presentado con el seudónimo "Charlo" cuyo autor fuera Juan Enrique Bejarano, residente en Neuquén y entrerriano de nacimiento.
Así pasó a ser un ilustre personaje de nuestra historia provincial.
El Escudo de la Provincia de Formosa, fue declarada emblema oficial de la provincia por Ley N°69, sancionada el 29 de junio de 1959 promulgada el 7 de julio del mismo año.
Consta de una campo poligonal irregular de ocho lados, divididos en dos cuarteles. El cuartel superior es de color azul con un capullo de algodón, símbolo de un porvenir productivo e industrial, coronado por nueve estrellas dispuestas simétricamente, que representan los departamentos provinciales.
En el cuartel inferior, debajo de la línea divisoria, dos vigorosas manos entrelazadas simbolizan la unión de sus hijos.
En lo alto, un sol naciente con rayos en disposición de engranaje, simboliza la nueva provincia y en la parte inferior dos ramas de laureles
De 170 obras que se presentaron fue seleccionado, por un jurado el escudo presentado con el seudónimo "Charlo" cuyo autor fuera Juan Enrique Bejarano, residente en Neuquén y entrerriano de nacimiento.
Así pasó a ser un ilustre personaje de nuestra historia provincial.
El Escudo de la Provincia de Formosa, fue declarada emblema oficial de la provincia por Ley N°69, sancionada el 29 de junio de 1959 promulgada el 7 de julio del mismo año.
Consta de una campo poligonal irregular de ocho lados, divididos en dos cuarteles. El cuartel superior es de color azul con un capullo de algodón, símbolo de un porvenir productivo e industrial, coronado por nueve estrellas dispuestas simétricamente, que representan los departamentos provinciales.
En el cuartel inferior, debajo de la línea divisoria, dos vigorosas manos entrelazadas simbolizan la unión de sus hijos.
En lo alto, un sol naciente con rayos en disposición de engranaje, simboliza la nueva provincia y en la parte inferior dos ramas de laureles
BANDERA DE LA PROVINCIA DE FORMOSA
Creada por Resolución N° 36 de la Honorable Convención Constituyente el 15 de Marzo de 1.991.
FUNDAMENTOS SIMBÓLICOS DE LA BANDERA DE LA PROVINCIA DE FORMOSA: La propuesta básica de este diseño surge de la privilegiada ubicación de la Provincia de Formosa en el Cono Sur Americano y el rol protagónico que le cabe en el marco de la integración regional y continental. Tomado éste como tema único de la propuesta dado que caracteriza a la provincia en su importancia geopolítica y asegura su proyección y permanencia en el tiempo.
Se intenta reflejar la presencia de Formosa en el corazón del Continente subrayando el proyecto de integración a través de su extensa frontera como invariante histórica.
El paño partido en tres campos representa el Cono Sur abrazado por los dos Océanos, expresado en los colores celeste y blanco de nuestra Bandera Nacional.
Es de destacar para una mejor comprensión de la ubicación geográfica de la Provincia en el país, el ser atravesada por el trópico de Capricornio. Esto se ha marcado mediante una guirnalda de laureles que cruza todo el paño en sentido longitudinal. La estructura institucional de la Provincia se sintetiza en nueve estrellas dispuestas en el circulo a la altura del trópico, componentes ya presentes en el Escudo Provincial.
Dos premisas importantes condicionaron el diseño, la primera, la condición de toda bandera de ser leída indistintamente por ambas caras, lo cual restringió el empleo de formas y textos, y la segunda, la simplicidad de trazado presentado en su reproducción a nivel escolar e institucional.
El 8 de abril de 1955 se cantó por primera vez el Himno Marcha a Formosa, de que es autor de la letra Armando de Vita y Lacerra y autor de la música Victor Rival.
Victor Rival era Director de la Banda del Regimiento de Monte 29, cuando compuso la música del Himno a Formosa
Armando de Vita y Lacerra fue poeta, escritor, historiador y Director de Cultura de la Provincia de Formosa
En 1964, se efectuó el arreglo definitivo del Himno y se oficializó como canción.
El 21 de julio de 1988 por Decreto N° 1471 con la firma del Sr. Gobernador Vicente B. Joga, se estableció "la enseñanza obligatoria del Himno" en los establecimientos primarios, secundarios y terciarios y su entonación en todos los actos públicos.
La letra del Himno que es un canto de fe y esperanza, fue reconocida en los países de Inglaterra, España e Italia como un poema de excelente calidad, estética y se halla inscripto en el Libro de Marchas.
El principal gestor de nuestro himno fue don Pablo Dufaur, hacia fines del año 1954, junto con la Asociación Jóvenes de Formosa y lamentablemente fallecido unos días antes de su estreno público.
Creación del Escudo Oficial de la Provincia de Formosa
- LEY Nº 1 -
La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley:
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a designar una Comisión Mixta Honoraria, que tendrá a su cargo la realización de las tareas preliminares para la creación del escudo oficial de la Provincia, que será integrada por tres (3) miembros de la Honorable Cámara de Representantes y por (2) dos representantes de dos Instituciones Educacionales o Culturales, uno por cada una.-
Art. 2°.- Autorízase a la Comisión referida precedentemente para que bajo las formalidades pertinentes, efectúe una llamado a concurso para la presentación de anteproyectos cuyas conclusiones, juntamente con los respectivos antecedentes, serán sometidos al Poder Ejecutivo para redacción del proyecto de Ley referente al Escudo Oficial de la Provincia.-
Art. 3º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir hasta la suma de $100.000,00 Cien mil pesos moneda nacional, que se imputarán a Rentas Generales para ser destinados a sufragar gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley.-
Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia, el día dos de Junio del año mil novecientos cincuenta y ocho.-
JULIO RÓMULO ARAOZ JOSÉ ELISEO GUANES
SECRETARIO PRESIDENTE PROVISIONAL
SECRETARIO PRESIDENTE PROVISIONAL
Sanción: 02/06/1958
Promulgada: 02-07-58, D. 153
Publicada: en B.O. Nº 19/58 Pag.1
Promulgada: 02-07-58, D. 153
Publicada: en B.O. Nº 19/58 Pag.1
- LEY Nº 69 -
ESCUDO OFICIAL DE LA PROVINCIA
La Legislatura de la Provincia sanciona con fuerza de Ley:
Artículo 1º.- Declárase escudo oficial de la Provincia de Formosa, al aprobado como resultado del concurso autorizado por el artículo 2º de la Ley Nº1.
Art. 2º.- Dicho escudo tiene la forma y atributos siguientes: campo poligonal irregular de ancho lado dividido en dos cuarteles: el superior con color azul y el inferior de color blanco; debajo de la línea divisoria, en el cuartel blanco, dos vigorosas manos entrelazadas, simbolizando la unión de todos sus hijos. En el cuartel azul un capullo de algodón, símbolo de un porvenir productivo e industrial, coronado por nueve estrellas dispuestas simétricamente, representando los departamentos provinciales. En lo alto un sol naciente con rayos en disposición de engranaje, simbolizando la nueva provincia y en la parte inferior dos ramas de laurel.
Art. 3º.- Este escudo reproducido en la forma establecida en el artículo 2º, será el de uso en los edificios públicos provinciales, sellos, documentos y papeles oficiales.
Art. 4º.- El original de este escudo se conservará como patrón en el Archivo General de la Provincia, con la ley de su creación al dorso y la firma del autor y de los legisladores que intervinieron en su sanción.
Art. 5º.- El Poder Ejecutivo hará imprimir modelos del escudo adoptado, procediendo a su distribución y difusión, con las explicaciones del caso.
Art. 6º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputarán a Rentas generales.
Art. 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, publíquese y archívese.
Sancionada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Formosa, el veintinueve de junio de mil novecientos cincuenta y nueve.
JULIO RÓMULO ARAOZ JOSÉ MARIA SUAREZ BERROETA
Secretario Presidente Provisional
Secretario Presidente Provisional
Promulgada: por Decreto Nº 741/59.
Publicada: en B.O.Nº 45/59.-
-Decreto 1471-
Art. 1º.- Establécese la enseñanza obligatoria de la marcha "Himno a Formosa" en los establecimientos educativos correspondientes a los tres niveles de la Provincia y su entonación en los actos públicos de acuerdo con la versión original de sus autores, señores Víctor Rival y Armando De Vita y Lacerra.
Art. 2º.- De Forma.-
V. B. Joga - O.R. Aguirre
Publicada: en B.O.Nº 3797/88.-
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